Convocatoria de junta de propietarios: requisitos, plazo y modelo

Guía práctica actualizada · julio de 2026

Convocar una reunión de vecinos correctamente evita dudas sobre la validez de los acuerdos. Aquí encontrarás los requisitos legales, los plazos, la forma de notificar, los errores más frecuentes y tres modelos listos para copiar en Word.

  • Junta ordinaria y extraordinaria
  • Convocatoria por presidente o propietarios
  • Orden del día y propietarios morosos
  • Plantillas editables y checklist final
Administradora de fincas dirigiendo una reunión de una comunidad de propietarios
Una convocatoria clara permite que los propietarios conozcan con antelación qué se debatirá y qué decisiones podrán adoptarse.

Respuesta rápida: qué debe contener una convocatoria

Como regla general, la convocatoria debe identificar quién convoca, el carácter ordinario o extraordinario de la reunión, el lugar, la fecha y la hora de la primera y, en su caso, segunda convocatoria; incluir un orden del día concreto; relacionar a los propietarios con deudas vencidas y advertir de la posible privación del voto; y notificarse por un medio adecuado con la antelación exigible.

Quién convoca

El presidente. Subsidiariamente, los propietarios legitimados cuando exista inactividad o negativa tras haber solicitado la convocatoria.

Plazo ordinario

Al menos seis días de antelación en comunidades sujetas a la Ley de Propiedad Horizontal estatal.

Plazo extraordinario

No hay un mínimo cerrado: debe darse tiempo real para que la convocatoria llegue a todos los interesados.

Orden del día

Los asuntos deben describirse de forma comprensible. No conviene aprobar decisiones nuevas dentro de “ruegos y preguntas”.

La preparación de la convocatoria suele integrarse en una gestión integral de fincas, porque debe coordinar documentación, saldos, presupuestos, notificaciones y representación. Un administrador de comunidades puede redactarla y enviarla siguiendo las instrucciones del presidente, mientras que contar con un administrador de fincas colegiado aporta control profesional sobre el procedimiento. En comunidades dispersas, la administración de fincas online facilita la trazabilidad documental. Si existe una duda concreta antes de convocar, también es posible plantear consultas sobre la comunidad de vecinos.

Junta ordinaria y extraordinaria: cuándo utilizar cada convocatoria

La diferencia no depende del nombre que se quiera dar a la reunión, sino de su finalidad. La junta ordinaria debe celebrarse al menos una vez al año para aprobar las cuentas y el presupuesto. La extraordinaria se utiliza para tratar decisiones que no deben esperar a la reunión anual o que requieren una convocatoria específica: obras, derramas, reclamaciones, cambio de servicios, sustitución de cargos o cualquier asunto relevante para la comunidad.

Comparativa práctica para elegir el tipo de reunión
Aspecto Junta ordinaria Junta extraordinaria
Finalidad habitual Aprobar cuentas, presupuesto y gestión anual; renovar cargos cuando corresponda. Resolver uno o varios asuntos concretos que requieren decisión antes de la siguiente ordinaria.
Periodicidad Al menos una vez al año. Cuando resulte necesario o conveniente.
Antelación en LPH estatal Mínimo de seis días. La suficiente para que llegue a conocimiento de todos los propietarios.
Orden del día Más amplio, con cuentas, presupuesto y asuntos de gestión. Concreto y enfocado en el motivo de la convocatoria.
Documentación Cuentas, presupuesto, comparativas, liquidaciones y propuestas. Informes, presupuestos o documentos directamente vinculados al asunto.
No conviertas una urgencia en una convocatoria imprecisa.

Que una junta sea extraordinaria no elimina la obligación de explicar qué se va a debatir. Cuanto mayor sea el impacto económico o jurídico de la decisión, más preciso debe ser el punto del orden del día.

¿Quién puede convocar una junta de propietarios?

El presidente de la comunidad

Es la persona a la que la ley atribuye de forma ordinaria la convocatoria. Puede hacerlo por iniciativa propia cuando lo considere conveniente y debe atender las solicitudes procedentes de los propietarios.

Los propietarios promotores

Pueden pedir una reunión la cuarta parte de los propietarios o quienes representen, al menos, el 25 % de las cuotas. El criterio jurisprudencial reciente exige acudir primero al presidente y permite la convocatoria subsidiaria si este no actúa en un plazo prudencial.

El vicepresidente

Sustituye al presidente en situaciones de ausencia, vacante o imposibilidad. En Cataluña, la regulación propia concreta además el orden de actuación ante la inactividad o negativa de la presidencia.

El administrador

No debería convocar por decisión autónoma. Puede preparar o remitir la citación por encargo, dejando claro que actúa siguiendo instrucciones del presidente o de los promotores legitimados.

Convocatoria solicitada por el 25 % de propietarios o cuotas

El procedimiento más seguro es presentar una solicitud escrita al presidente, identificar a los promotores, acreditar que alcanzan uno de los dos umbrales legales y proponer un orden del día. Conviene dejar constancia de la recepción y conceder un plazo razonable atendiendo a la urgencia del asunto.

Si el presidente se niega expresamente o permanece inactivo, los promotores legitimados podrán preparar la convocatoria subsidiaria. En ella deben explicar de forma sobria que se actúa después de la solicitud previa, mantener exactamente los asuntos promovidos y cumplir el resto de requisitos de notificación, plazo, morosidad y documentación.

Evita la convocatoria directa sin requerimiento previo.

Aunque los promotores reúnan el 25 % de cuotas o la cuarta parte de propietarios, saltarse la intervención inicial del presidente puede comprometer los acuerdos adoptados.

Requisitos de una convocatoria de reunión de vecinos

Un buen modelo no se limita a poner una fecha y una lista de temas. Debe permitir que cualquier propietario comprenda quién le cita, por qué se celebra la reunión, cuándo y dónde debe acudir, qué documentos necesita revisar y qué decisiones pueden votarse.

  1. Identificación de la comunidad: nombre o dirección completa del edificio, urbanización o complejo.
  2. Autor de la convocatoria: presidente o promotores legitimados, indicando el cargo o la condición en la que actúan.
  3. Tipo de junta: ordinaria o extraordinaria, sin utilizar denominaciones ambiguas.
  4. Lugar, día y hora: primera convocatoria y, si se prevé, segunda convocatoria.
  5. Orden del día: puntos numerados, claros y suficientemente concretos para anticipar el alcance de los acuerdos.
  6. Propietarios con deuda vencida: relación correspondiente y advertencia sobre la privación del derecho de voto en los supuestos legales.
  7. Documentación adjunta: cuentas, presupuesto, ofertas, informes técnicos, contratos o propuestas necesarias para votar con criterio.
  8. Representación: anexo para delegar la asistencia y el voto mediante escrito firmado.
  9. Fecha y firma: fecha de emisión y firma del convocante o indicación de que se remite por orden de este.
  10. Prueba de envío: registro de las entregas, devoluciones, correos, acuses o incidencias de notificación.

Cómo redactar el orden del día

El orden del día debe describir el objeto de cada decisión. “Obras” es demasiado abierto; “Examen y aprobación, si procede, del presupuesto para la reparación de la cubierta y determinación de la derrama” permite entender qué se debatirá y qué consecuencia económica puede aprobarse.

Cuando existan varias decisiones dentro de un mismo asunto —por ejemplo, elegir empresa, aprobar importe, distribuir el gasto y fijar vencimientos— conviene separarlas o anticiparlas en el mismo punto. Así se facilita una votación ordenada y un acta posterior más clara.

Propietarios revisando cuentas, planos y propuestas antes de una junta
Adjuntar la documentación relevante antes de la reunión mejora la participación y reduce decisiones improvisadas.

Plazo para convocar y forma de notificación

Plazo de la junta ordinaria

En el régimen estatal, la citación debe hacerse con un mínimo de seis días de antelación. La ley no aclara expresamente si el cómputo es de días hábiles o naturales, por lo que la práctica prudente consiste en no apurar el mínimo, enviar con margen adicional y conservar una prueba suficiente de la fecha de remisión o entrega.

Plazo de la junta extraordinaria

No existe un número cerrado de días. La convocatoria debe enviarse con el tiempo que sea posible para que todos los interesados puedan conocerla. La urgencia puede justificar un plazo breve, pero no una comunicación meramente aparente ni una fecha que haga inviable la asistencia o el estudio de la documentación.

Servicios digitales utilizados para organizar comunicaciones de una comunidad de propietarios
Los medios digitales son útiles cuando existe aceptación, uso habitual y trazabilidad suficiente de la comunicación.

Primera y segunda convocatoria

Si en primera convocatoria no concurre la mayoría de propietarios que represente, a su vez, la mayoría de cuotas, la reunión puede celebrarse en segunda convocatoria sin sujeción a ese quórum. Puede fijarse el mismo día, dejando al menos media hora entre ambas. Si no se señaló una segunda convocatoria, deberá realizarse una nueva dentro de los ocho días naturales siguientes a la reunión no celebrada, con una antelación mínima de tres días.

¿Cómo se entrega la convocatoria?

El propietario debe comunicar un domicilio en España para citaciones y notificaciones. Si no lo hace, se utiliza el piso o local de la comunidad. La entrega en mano, el buzoneo, el correo postal, el correo electrónico o una plataforma privada pueden ser adecuados según el sistema habitual y la capacidad de acreditar la comunicación. Ante un conflicto previsible, es aconsejable un medio que deje constancia sólida del contenido, el envío y la recepción.

El tablón de anuncios es una vía subsidiaria: solo debe utilizarse cuando haya sido imposible practicar la notificación en el domicilio correspondiente. Debe dejarse diligencia de la fecha y del motivo, con firma de secretaría y visto bueno de presidencia. La exposición de datos de deudores exige especial cautela, minimización y acceso restringido a la comunidad.

Correo electrónico y WhatsApp.

Pueden complementar o canalizar la convocatoria cuando sean medios aceptados y permitan acreditar que el mensaje y sus anexos llegaron al destinatario. No sustituyen por sí solos el contenido obligatorio ni corrigen una convocatoria enviada fuera de plazo.

Cómo convocar una junta de propietarios paso a paso

1

Define el objetivo

Determina si corresponde una junta ordinaria o extraordinaria y qué decisiones necesitan acuerdo.

2

Comprueba la legitimación

Verifica quién convoca y, si promueven los propietarios, documenta el umbral y la solicitud previa al presidente.

3

Redacta los puntos

Convierte cada asunto en un punto claro, conectado con la decisión que se someterá a votación.

4

Reúne documentación

Adjunta cuentas, presupuestos, informes, propuestas y cualquier documento necesario para decidir.

5

Revisa deudas

Actualiza la relación de propietarios con deudas vencidas y prepara la advertencia sobre el voto.

6

Fija fecha y lugar

Respeta el plazo aplicable y establece primera y segunda convocatoria de manera inequívoca.

7

Notifica y registra

Envía a todos los propietarios y conserva un registro ordenado de entregas e incidencias.

8

Prepara la reunión

Lleva listado de asistentes, representaciones, cuotas, saldos y borrador para recoger las votaciones.

Modelos de convocatoria de junta de propietarios

Estas plantillas pueden copiarse en Word y adaptarse a la comunidad. Sustituye los campos entre corchetes, elimina lo que no proceda y revisa que el orden del día describa exactamente los acuerdos que se pretenden adoptar.

Modelo de convocatoria de junta ordinaria

COMUNIDAD DE PROPIETARIOS [NOMBRE O DIRECCIÓN]

CONVOCATORIA DE JUNTA GENERAL ORDINARIA

D./D.ª [NOMBRE], en calidad de presidente/a de la Comunidad de Propietarios [IDENTIFICACIÓN], convoca a todos los propietarios a la Junta General Ordinaria que se celebrará:

Lugar: [LUGAR COMPLETO]
Fecha: [DÍA, MES Y AÑO]
Primera convocatoria: [HORA]
Segunda convocatoria: [HORA, AL MENOS 30 MINUTOS DESPUÉS]

ORDEN DEL DÍA

1. Constitución de la Junta y comprobación de asistentes y representaciones.
2. Lectura y aprobación, si procede, de las cuentas correspondientes al ejercicio [AÑO].
3. Examen y aprobación, si procede, del presupuesto de ingresos y gastos para el ejercicio [AÑO].
4. Determinación de cuotas ordinarias y calendario de cobro.
5. Renovación o nombramiento de cargos de la comunidad.
6. [ASUNTO CONCRETO: OBRA, CONTRATO, SERVICIO O PROPUESTA].
7. Ruegos y preguntas, sin adopción de acuerdos sobre asuntos no incluidos previamente en el orden del día.

PROPIETARIOS CON DEUDAS VENCIDAS

De acuerdo con la información contable disponible a fecha [FECHA], figuran con deudas vencidas:
- [VIVIENDA/LOCAL – IMPORTE]
- [VIVIENDA/LOCAL – IMPORTE]

Se advierte de que los propietarios que, al iniciarse la Junta, no estén al corriente de todas las deudas vencidas y no hayan impugnado o consignado las cantidades en los términos legales podrán participar en las deliberaciones, pero quedarán privados del derecho de voto.

Se adjuntan:
- Estado de cuentas.
- Presupuesto propuesto.
- Documentación de los puntos [NÚMEROS].
- Modelo de representación.

En [LOCALIDAD], a [FECHA].

Firma:
D./D.ª [NOMBRE DEL PRESIDENTE/A]
Presidente/a de la Comunidad

REPRESENTACIÓN

D./D.ª [PROPIETARIO/A], titular de [VIVIENDA/LOCAL], autoriza a D./D.ª [REPRESENTANTE] para asistir y votar en su nombre en la Junta convocada para el día [FECHA].

Firma del propietario/a: ____________________

Modelo de convocatoria de junta extraordinaria

COMUNIDAD DE PROPIETARIOS [NOMBRE O DIRECCIÓN]

CONVOCATORIA DE JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA

D./D.ª [NOMBRE], presidente/a de la Comunidad de Propietarios [IDENTIFICACIÓN], convoca Junta General Extraordinaria para tratar los asuntos detallados a continuación.

Lugar: [LUGAR COMPLETO]
Fecha: [DÍA, MES Y AÑO]
Primera convocatoria: [HORA]
Segunda convocatoria: [HORA, AL MENOS 30 MINUTOS DESPUÉS]

ORDEN DEL DÍA

1. Exposición de [DESCRIBIR EL PROBLEMA O NECESIDAD].
2. Examen de los informes y presupuestos aportados.
3. Aprobación, si procede, de [ACUERDO CONCRETO].
4. Elección, si procede, de [EMPRESA/PROPUESTA/ALTERNATIVA].
5. Aprobación, si procede, del importe, sistema de reparto, derrama y vencimientos.
6. Autorización al presidente/a para ejecutar el acuerdo y formalizar la documentación necesaria.

PROPIETARIOS CON DEUDAS VENCIDAS

A fecha [FECHA], consta la siguiente relación:
- [VIVIENDA/LOCAL – IMPORTE]
- [VIVIENDA/LOCAL – IMPORTE]

Se incluye la advertencia legal sobre la posible privación del derecho de voto de quienes mantengan deudas vencidas al inicio de la reunión y no hayan impugnado o consignado las cantidades conforme a la normativa aplicable.

Documentación adjunta:
- [INFORME TÉCNICO].
- [PRESUPUESTOS].
- [PROPUESTA DE ACUERDO].
- Modelo de representación.

En [LOCALIDAD], a [FECHA].

Firma:
D./D.ª [NOMBRE DEL PRESIDENTE/A]
Presidente/a de la Comunidad

Modelo de junta extraordinaria convocada por propietarios

COMUNIDAD DE PROPIETARIOS [NOMBRE O DIRECCIÓN]

CONVOCATORIA SUBSIDIARIA DE JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA PROMOVIDA POR PROPIETARIOS

Los propietarios abajo identificados, que representan [LA CUARTA PARTE DE LOS PROPIETARIOS / AL MENOS EL 25 % DE LAS CUOTAS DE PARTICIPACIÓN], hacen constar:

1. Que el día [FECHA] solicitaron por escrito al presidente/a de la comunidad la convocatoria de una Junta para tratar los asuntos indicados en esta citación.
2. Que la solicitud fue recibida el día [FECHA], según [MEDIO DE ACREDITACIÓN].
3. Que, transcurrido un plazo prudencial / recibida negativa expresa el día [FECHA], no se ha efectuado la convocatoria solicitada.
4. Que, por ello, los promotores proceden subsidiariamente a convocar la reunión.

Lugar: [LUGAR COMPLETO]
Fecha: [DÍA, MES Y AÑO]
Primera convocatoria: [HORA]
Segunda convocatoria: [HORA, AL MENOS 30 MINUTOS DESPUÉS]

ORDEN DEL DÍA

1. [ASUNTO PROPUESTO EN LA SOLICITUD PREVIA].
2. [SEGUNDO ASUNTO PROPUESTO].
3. Adopción de los acuerdos directamente relacionados con los puntos anteriores.

PROPIETARIOS CON DEUDAS VENCIDAS

Según los datos disponibles a fecha [FECHA]:
- [VIVIENDA/LOCAL – IMPORTE]
- [VIVIENDA/LOCAL – IMPORTE]

Se advierte de la posible privación del derecho de voto en los supuestos legalmente previstos.

Documentación adjunta:
- Copia de la solicitud previa al presidente/a y acreditación de recepción.
- Acreditación de la condición y cuotas de los promotores.
- Documentación correspondiente a los asuntos del orden del día.
- Modelo de representación.

En [LOCALIDAD], a [FECHA].

PROMOTORES

Nombre | Vivienda/local | Cuota | Firma
[NOMBRE] | [IDENTIFICACIÓN] | [%] | __________
[NOMBRE] | [IDENTIFICACIÓN] | [%] | __________
Antes de utilizar el modelo.

Revisa los estatutos, el régimen territorial aplicable, la situación real de las deudas y el medio de notificación. Una plantilla ayuda a ordenar la información, pero no sustituye la comprobación de cada caso.

Junta de propietarios mal convocada: errores y consecuencias

Una convocatoria defectuosa puede limitar el derecho de información y participación de los propietarios. No todo error produce automáticamente el mismo efecto: la relevancia dependerá del defecto, del perjuicio causado, de la asistencia, de las objeciones planteadas y de una eventual impugnación judicial. Por eso es más correcto hablar de riesgo de invalidez o impugnación que afirmar que cualquier fallo anula por sí solo toda la reunión.

Convocante sin legitimación

Administrador que actúa por su cuenta, propietario aislado sin umbral suficiente o promotores que no acreditan la inactividad previa de presidencia.

Plazo insuficiente

Ordinaria enviada sin el mínimo legal o extraordinaria comunicada de forma que impide razonablemente conocerla y prepararla.

Orden del día genérico

Puntos como “obras”, “cuotas” o “varios” que no anticipan el contenido real ni el alcance económico del acuerdo.

Acuerdos en ruegos y preguntas

Utilizar este turno para aprobar asuntos sustantivos que no figuraban en la convocatoria y sobre los que los ausentes no pudieron decidir.

Morosos mal tratados

No incluir la relación y la advertencia, utilizar saldos desactualizados o impedir indebidamente la participación, que sí está permitida aunque no exista voto.

Notificación sin prueba

No conservar registro de envíos, acudir directamente al tablón o publicar datos personales en un espacio accesible a terceros sin necesidad.

¿Qué puede hacer un propietario ante una convocatoria irregular?

Puede solicitar por escrito la subsanación antes de la reunión, pedir que conste su protesta, asistir para defender su posición o recabar asesoramiento sobre una posible impugnación de los acuerdos. Los plazos de impugnación son limitados y dependen de la causa, por lo que no conviene dejar pasar el tiempo ni confiar en que el defecto paraliza automáticamente la ejecución.

Administradora de fincas asesorando al presidente de una comunidad antes de convocar una junta
Una revisión previa permite detectar defectos de legitimación, plazo, contenido o notificación antes de que afecten a la reunión.

Checklist final antes de enviar la convocatoria

  • La persona que convoca está legitimada y su condición figura en el documento.
  • Se ha comprobado si aplica la LPH estatal o una regulación civil territorial específica.
  • La reunión está correctamente calificada como ordinaria o extraordinaria.
  • La fecha respeta el plazo y deja margen suficiente para revisar los anexos.
  • La primera y segunda convocatoria incluyen lugar, día y hora sin contradicciones.
  • Cada punto anticipa la decisión y, cuando procede, el impacto económico.
  • La relación de deudores está actualizada y contiene la advertencia sobre el voto.
  • Los anexos están completos, legibles y coinciden con los puntos del orden del día.
  • Se incorpora un modelo de representación para los propietarios que no puedan asistir.
  • Existe un sistema para acreditar envíos, recepciones e incidencias.
  • La publicación en tablón solo se prevé como mecanismo subsidiario y con cautela de datos.
  • Se ha preparado el control de asistentes, cuotas y representaciones para el día de la reunión.

Preguntas frecuentes sobre la convocatoria de juntas

¿Quién puede convocar una reunión de vecinos?

Con carácter ordinario, el presidente de la comunidad. Los propietarios que reúnan la cuarta parte del total o representen al menos el 25 % de las cuotas pueden solicitarla y, ante una negativa o inactividad acreditada, promover subsidiariamente la convocatoria.

¿Con cuántos días se convoca una junta ordinaria?

En las comunidades sujetas a la LPH estatal, al menos con seis días de antelación. Es recomendable dejar margen adicional y conservar prueba de la fecha de envío o entrega.

¿Qué plazo tiene una junta extraordinaria?

No existe un mínimo numérico general en la LPH estatal. Debe notificarse con la antelación posible para que todos los propietarios puedan conocer la reunión antes de su celebración.

¿Puede un propietario convocar una junta por sí solo?

No por el mero hecho de ser propietario. Debe alcanzarse uno de los umbrales legales de promoción y solicitarse primero la actuación del presidente, salvo situaciones excepcionales que requieran valoración específica.

¿Puede convocar la junta el administrador de fincas?

Puede preparar y remitir la convocatoria por instrucciones del presidente o de promotores legitimados, pero no debería actuar por decisión autónoma. El documento debe reflejar de quién procede realmente la convocatoria.

¿Es válida una convocatoria por correo electrónico o WhatsApp?

Puede ser válida cuando el medio haya sido aceptado o sea habitual y permita acreditar el envío, el contenido y la recepción. En situaciones conflictivas conviene reforzar la prueba con un sistema más fehaciente.

¿Deben aparecer los propietarios morosos?

La convocatoria debe contener la relación de propietarios que no estén al corriente de deudas vencidas y advertir de la privación del voto en los supuestos previstos. Deben utilizarse datos exactos, actualizados y limitados a lo necesario.

¿Se pueden aprobar acuerdos en ruegos y preguntas?

No es una práctica segura. Los asuntos que impliquen una decisión relevante deben figurar previamente en el orden del día para que todos los propietarios, incluidos los ausentes, conozcan su posible votación.

¿Qué ocurre si la junta está mal convocada?

Los acuerdos pueden quedar expuestos a impugnación si el defecto infringe la ley o causa un perjuicio relevante. La consecuencia concreta depende del tipo de irregularidad y de las circunstancias, y no debe presumirse que toda equivocación produce nulidad automática.

¿El plazo es el mismo en Cataluña?

No. El Código civil de Cataluña regula la propiedad horizontal y establece, para las convocatorias ordinarias, una antelación mínima de ocho días naturales. Las juntas extraordinarias urgentes siguen una regla específica basada en el conocimiento previo de la convocatoria.

¿Necesitas revisar la convocatoria antes de enviarla?

Una comprobación previa de la legitimación, los plazos, el orden del día, los saldos y el sistema de notificación puede evitar incidencias posteriores en la junta.

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Contenido informativo de carácter general. La aplicación de la normativa puede variar según el territorio, los estatutos, el título constitutivo y las circunstancias concretas de la comunidad.

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